Cada vez más peruanos generan ingresos a través de Instagram, Facebook, TikTok, WhatsApp y otras plataformas digitales. Sin embargo, vender por estos canales no exime del cumplimiento de obligaciones tributarias cuando la actividad se realiza de manera habitual.
La Sunat recordó que quienes comercializan productos o prestan servicios mediante redes sociales deben evaluar si les corresponde contar con RUC, emitir comprobantes de pago y declarar sus ingresos, al igual que cualquier otro negocio.
La entidad señaló que las obligaciones no dependen del canal utilizado para concretar la venta, sino de la actividad económica desarrollada. Por ello, los emprendedores que realizan operaciones de manera continua pueden estar sujetos a las mismas reglas que una empresa o comercio tradicional.
Asimismo, indicó que las operaciones efectuadas por medios digitales pueden ser verificadas mediante distintos mecanismos de fiscalización, por lo que recomendó mantener ordenada la información relacionada con ventas, pagos y emisión de comprobantes.
Ante el crecimiento del comercio electrónico y los negocios que operan exclusivamente en internet, especialistas recomiendan revisar el régimen tributario más adecuado para cada emprendimiento y formalizar las operaciones para evitar contingencias futuras.
