Trámites a través de Sunat en linea

Desde el 1° de julio, la administración tributaria implementará el expediente electrónico de devoluciones, estos trámites a través de Sunat en linea. Este expediente será solicitado por los contribuyentes por pagos de impuestos en exceso y otros esquemas de reembolso.

La iniciativa permitirá a los contribuyentes conocer el estado de su procedimiento de devolución en línea en tiempo real. Es así que ya no será necesario presentar escritos para poder acceder a la lectura del expediente, así como solicitar copias de estos documentos o desplazarse a las instalaciones de la Sunat.

El expediente electrónico de devolución beneficiará a unos 400,000 contribuyentes, que tramitan regularmente este tipo de solicitudes mediante el Formulario Virtual N° 1649.

Asimismo, la administración tributaria, informó que para poder acceder al expediente electrónico de devoluciones, se debe ingresar a Sunat Operaciones en Línea. Ahí se podrá verificar el estado del trámite realizado y acceder a los documentos vinculados con estos.

El formulario se pueden presentar para solicitudes de devolución del saldo a favor del impuesto a la renta. Por rentas de tercera categoría, rentas del capital y/o rentas del trabajo, de percepciones acumuladas del IGV y/o aplicadas a los contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado.

Por otro lado, para la Sunat, esta iniciativa significará una optimización en la gestión documental de las solicitudes de devolución. Además representará una reducción de sus costos, en tanto al consumo de papel, impresión, archivo y conservación de documentos. Al ofrecer servicios más eficientes, se espera tener un acercamiento a los contribuyentes.

Fases de implementación

La primera fase de la implementación del expediente electrónico de devolución incluirá a contribuyentes de las intendencias regionales de La Libertad y Lambayeque. Así como de las oficinas zonales de Chimbote y Huaraz.

La segunda iniciará desde el 12 de agosto y abarcará al resto de las dependencias de la Sunat. Esto de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000072-2021/Sunat, publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Con este nuevo servicio, la administración tributaria avanza en la consolidación de la estrategia para facilitar. Además de simplificar los procedimientos para promover el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, sin necesidad de realizar trámites presenciales.

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