Gasolinas de 84 y 90 octanos y el Diésel no estarán gravados con ISC

Gasolinas de 84 y 90 octanos y el Diésel no estarán gravados con Impuesto Selectivo al Consumo

El Ministerio de Economía y Finanzas publicó un decreto supremo que excluye a las gasolinas y gasoholes de 84 y 90 octanos y los diferentes tipos de diésel de la lista de productos gravados con Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). De esta manera, estos combustibles no estarán gravados con este impuesto hasta el 30 de junio de 2022, con la posibilidad de prorrogar la medida hasta por seis meses más, es decir, hasta diciembre del presente año.

Los combustibles están gravados con ISC, a excepción del gas natural y el GLP. En el caso del DIESEL B5 S-50 UV, el combustible más consumido en el Perú, este está gravado con un impuesto específico de S/ 1,49 por galón, lo que significa que como mínimo el precio de este combustible se reduciría en este monto, es decir, una reducción en 100% del ISC.

Cabe recordar que el gobierno ha asegurado que viene tomando medidas focalizadas para mitigar el impacto del alza internacional de los precios de los combustibles derivados del petróleo en los sectores de la población más vulnerables.

Así, el Poder Ejecutivo incluyó a las gasolinas de 84 y 90 octanos, al gasohol de 84 octanos y al GLP a granel en el Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles (FEPC). Asimismo, se tomaron medidas para mejorar el alcance del FECP en el caso del Diésel 2 y el GLP envasado.

Desde el inicio el incremento significativo del precio internacional del petróleo por el conflicto entre Rusia y Ucrania, el FEPC ha evitado que el Diesel se incremente en S/ 3 por galón y que el balón de gas de 10 Kg se incremente en hasta S/ 5.

Fondo de Estabilización de Precios

Anteriormente, con el objetivo de mitigar el impacto del alza internacional de los precios de los combustibles derivados del petróleo, el Poder Ejecutivo incluyó a las gasolinas de 84 y 90 octanos, al gasohol de 84 octanos y al GLP a granel en el Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles (FEPC).

El ministro de Economía y Finanzas, Oscar Graham, indicó que se trata de una medida temporal y focalizada, apuntando a los segmentos de la población de menores ingresos que utilizan estos combustibles.

Además, el citado Decreto Supremo establece que la banda FEPC del Diésel se mantiene estabilizado hasta fines de abril de 2020. Al respecto, durante las últimas semanas el FEPC está limitando incrementos significativos en el precio del Diésel de uso vehicular.

Es importante señalar que desde que inició el incremento significativo del precio internacional del petróleo por el conflicto entre Rusia y Ucrania, el FEPC ha evitado que el Diésel se incremente en S/ 3 por galón y que el balón de gas de 10 Kg se incremente en hasta S/ 5.

«Estos combustibles son utilizados por las familias de menores ingresos y, además, forman parte principalmente de los principales costos de la cadena de distribución de productos los que se han venido encareciendo, lo que afecta a los consumidores finales. Esa decisión la tomamos la semana pasada en coordinación con el Ministerio de Energía y Minas», indicó.

El ministro Graham indicó que el precio del crudo en el mercado internacional se ha incrementado en más del 70% el último año, impactando de sobre manera en el mercado local, agregó que es por esta razón que el Poder Ejecutivo ha tomado éstas y otras medidas focalizadas que están orientadas a proteger la economía de los sectores de la población más vulnerables.

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